Micelio
Auto24 de mayo de 2001

A- de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Londoño Puerta Raul·Demandado Tribunal Administrativo De Antioquia Y Otro

Tema · dato duro
Nulidad De Todo Lo Actuado Por Aplicacion Del Decreto 1382 De 2000.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en el trámite de la petición de amparo presentada por el ciudadano de la referencia contra el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia -Sección Primera- y el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo -Sección Segunda, Subsección B-, a partir del auto proferido por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Medellín, toda vez que se le dio aplicación del Art. 1º del Decreto 1382 de 2000, que, como ya se dijo, no resulta aplicable por ser contrario a la Carta Política.

En consecuencia, se remitió el expediente al citado Juzgado para que realice el trámite que corresponde conforme a la Constitución y a la Ley.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Declarar la nulidad de todo lo actuado en el tramite de la peticion de amparo presentada por Raul Londono Puerta contra el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia -Seccion Primera- y el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo -Seccion Segunda, Subseccion B-, a partir del auto del cuatro (4) de octubre de 2000, proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito de Medellin.
  3. Segundo. Por Secretaria General de la Corte Constitucional remitase el expediente al Juzgado
  4. Segundo. Penal del Circuito de Medellin, para que de manera inmediata se le imprima a la solicitud de tutela el tramite que corresponde, conforme a la Constitucion y a la Ley.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.